¿Cómo canjeo los bonos si soy un establecimiento?

El proceso de canje por parte del establecimiento es el siguiente:

1. El establecimiento Accede a su sesión en la plataforma.
2. Clica en nueva venta.
3. Indica el importe total de la venta. Automáticamente se abrirán tantos huecos como bonos se permitan canjear.
4. Introduce los bonos para su canje (leyendo el QR con móvil o pistola lectora, o introduciendo manualmente el código alfanumérico).
5. La plataforma le indica la cantidad que debe cobrar al cliente (tarjeta).
6. Guarda el tiquet de venta o factura y la sube a su área privada de la plataforma, junto con el justificante de pago de la tarjeta bancaria.
7. Será obligatorio el pago con tarjeta.

El establecimiento deberá subir a su área privada de la plataforma habilitada para la gestión la foto o doc en PDF/ JPG los tickets facturas de compra y el justificante de pago de la tarjeta. Tienen un plazo máximo de 7 días, desde la compra, para editar la información en caso de necesitarlo. Asimismo, los establecimientos deberán guardar y custodiar todos los tiques /factura simplificada / factura de compra, que hayan estado relacionados en procesos de canje de bonos.

El proceso de canje de bonos estará sometido a auditoría, de forma que, para la liquidación de los bonos de compra al establecimiento, la Cámara de Comercio comprobará la veracidad de los mismos.

El establecimiento podrá en todo momento, informarse a través de la plataforma del número de bonos que han sido canjeados en su establecimiento en tiempo real. De la misma forma, el Ayuntamiento verá, en tiempo real, el número de bonos canjeados, la facturación generada, etc.

La Cámara de Comercio verificará que los bonos del establecimiento están asociados a los tiques de compra y son correctos. Podrá, bajo proceso de auditoría, estudiar la trazabilidad del bono y consultar con el usuario del mismo su adquisición y canje en el establecimiento correspondiente.

Los productos que se adquieran a través del bono podrán ser cambiados, si el establecimiento lo autoriza, por un producto de precio igual o superior (abonando la diferencia el cliente), pero en ningún caso se podrá solicitar la devolución del dinero (para lo cual el establecimiento deberá señalar en los tickets que entrega al cliente que el producto se ha adquirido en parte con BONO para poder identificarlos).

Cada establecimiento tendrá un máximo de 2.000 euros (200 bonos) para poder canjear. Una vez alcanzado este máximo la plataforma no le permitirá canjear más. Llegado este caso, el establecimiento deberá solicitar autorización expresa a la Cámara de Comercio de Madrid para habilitar otro cupo de 2.000 euros (200 bonos) para poder seguir canjeando.

Todos los establecimientos estarán sujetos a la posibilidad de ser auditados.